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Foto: Ilustración vía Twiter realizada por @Purpu_rina en honor a Ingrid Escamilla

 

La pena para servidores públicos que difundan imágenes, videos o datos relacionados con un proceso penal, podría llegar hasta los seis años en prisión

Por unanimidad, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la el dictamen conocido como «Ley Ingrid», que dicta sanciones de dos a seis años de cárcel y una multa a los servidores públicos que difundan información reservada, fotografías, videos o documentos relacionados a un proceso penal.

Esta ley implicó reformas en el artículo 239 del Código Penal de la Ciudad de México y entrará en vigor una vez que los cambios sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.

La «Ley Ingrid» lleva este nombre en memoria de Ingrid Escamilla Vargas, quien fuera víctima de feminicidio el 9 de febrero de 2020 a manos de su pareja y de quien se difundieran fotografías post mortem.

El dictamen aprobado señala:

«Se impondrán multas de dos a seis años de prisión, y una multa de 500 mil Unidades de Medida y actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida, difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, file, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hecho o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la Ley como delitos».

Dichas sanciones podrían aumentar si la información difundida tiene el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares.

«El respeto a la memoria de las víctimas que han sido privadas de la vidaes un tema necesario. La vida de una persona que ha sido violentada o su forma de muerte nunca deben ser causa para su revictimización o agravar aún más el daño causado».